71
¿Quién defiende a las defensoras? Género, etnia y derecho al acceso a la justicia en los tiempos del conflicto ambiental en Chile.
Natalia Acevedo-Castillo / Catalina Laso-Samsing / Rocío Norambuena-Avilés, pp. 67-75,
Revista entorno, enero – junio 2020, número 69, impreso ISSN 2071-8748 • electrónico ISSN 2218-3345
antedichos han señalado que estas amenazas y ataques
contra su vida, integridad, seguridad y movilidad provienen
de múltiples actores, como las empresas, fuerzas militares,
la delincuencia, los grupos paramilitares o, incluso, los
miembros de las propias comunidades afines a los proyectos
empresariales, entre otros (Fondo de Acción Urgente, 2016).
Para finalizar la compresión de este fenómeno, ha de
atenderse al concepto de la criminalización y las modalidades
en las que puede presentarse. En términos generales se puede
definir la criminalización como “el proceso mediante el cual
se van asociando a ciertas conductas y sujetos el carácter
de potenciales criminales (...) actuando como justificativo de
medidas de fuerza de carácter preventivo” (Acuña, Fredes
y Pérez, 2010, p. 365). Entonces, en términos particulares,
la criminalización se puede entender como un proceso
que involucra una multiplicidad de acciones que buscan
neutralizar las capacidades de acción de las defensoras, ya
sea por las vías de aparente legalidad (como el uso de la fuerza
y la intervención de las instancias judiciales o administrativas)
o por las vías de hecho e ilegales [como los hostigamientos,
las amenazas, interceptaciones, la estigmatización de sus
luchas y de su propia persona, entre otras] (Fondo de Acción
Urgente, 2016). Es decir, la criminalización se da de tres
modos: por medio de la judicialización de las defensoras,
de su estigmatización y a través de diversas formas de
hostigamiento relacionadas con su condición de género
(Fondo de Acción Urgente, 2016).
Se inicia el estudio de las formas de criminalización por
las vías de aparente legalidad, es decir, la judicialización
de las defensoras. Esta modalidad consiste en una forma
de disciplinar y de castigo social de los líderes y lideresas
de la defensa del medio ambiente al considerar su
resistencia a los proyectos empresariales como un delito
y a ellos como unos delincuentes, lo que claramente viola
el principio de “responsabilidad penal individual” (Fondo de
Acción Urgente, 2016). La neutralización de las resistencias
medioambientales bajo la jurisdicción penal se da, en, por
lo menos, tres etapas: primero, con la creación de tipos
penales direccionados a contener la protesta social, para
luego iniciar procedimientos penales en contra de quienes
se resisten, finalizando con la aplicación efectiva de penas
como ejercicio de disciplina social (Fondo de Acción
Urgente, 2016).
Dentro de los múltiples casos de judicialización de los que
se tiene registro en Latinoamérica, es posible citar el de
la Machi Millaray Hichalaf. En enero del 2013 fue acusada,
junto a otros miembros de su comunidad, de tenencia de
armas y encubrimiento de incendio, debiendo permanecer
cuatro meses en prisión preventiva en una cárcel de máxima
seguridad en Valdivia, Chile. Carabineros allanó su casa
utilizando armamento de largo alcance, intentó despojarla
de sus prendas e incautó bienes como “evidencia” sin
mediar autorización judicial alguna. La Machi Millaray
lideraba la lucha comunitaria por las tierras donde habitan
las comunidades mapuches de Maihue, Roble-Carimallín
y Lumaco, lugar en que buscaba instalarse la Central
Hidroeléctrica Osorno. Tras nueve meses de un proceso
penal en su contra, fue la única del grupo en ser condenada,
pese a que todos fueron juzgados por el mismo delito y bajo
las mismas pruebas, lo que demuestra claramente que fue
víctima de una criminalización en razón de su género y por
su papel en la comunidad en su calidad de Machi (Fondo de
Acción Urgente, 2016).
Por su parte, las vías de hecho e ilegales se configuran por
una multiplicidad de actos de agresión. Esta violencia hacia
las defensoras se puede manifestar a través de las distintas
formas de hostigamiento, tanto por parte de agentes
estatales como de los trabajadores de las empresas, sus
representantes e incluso los miembros de sus comunidades
afines a los proyectos. Estas agresiones responden a lógicas
de abusos de poder y pueden adoptar diversas formas, las
cuales van desde sutiles formas de precarización de su vida
a través de insultos, actos de apartheid en la vida cotidiana,
el fomento de rumores hasta amenazas personales o contra
miembros de su familia; desde campañas de difamación
hasta acciones aún más graves como las de inteligencia
ofensiva, amenazas de muerte, agresiones físicas y sexuales,
secuestros, acoso judicial, asesinatos u otras formas de
hostigamientos e intimidación policial (Fondo de Acción
Urgente, 2016).
Estas múltiples formas de hostigamiento pueden verse
ilustradas en el caso de Macarena la Negra Valdés. Tras
cuatro años de férrea oposición a la construcción de la
hidroeléctrica Mini Central de Paso Tranguil, Macarena fue
encontrada ahorcada en su casa el día 22 de agosto de
2016. Al día siguiente, RP Global comenzó con las faenas de